El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado hoy la ORDEN 2/2024, de 20 de diciembre, de la Conselleria de Emergencias e Interior, por la que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos, para el año 2025.
En relación al juego señala lo siguiente:
Artículo 7. Salas de Bingo, casinos, salones de juego y locales específicos de apuestas
1.La determinación del horario de apertura y cierre de las Salas de Bingo , de los Casinos, Salones de Juego y de los Locales Específicos de Apuestas, así como las comunicaciones a los órganos directivos competentes que de ello se derive, se regirá por la normativa sectorial reguladora de los referidos establecimientos.
2. Los Salones de juego, dedicados específicamente a la explotación de máquinas de tipo B o recreativas con premio, tendrán un horario comprendido entre las 10.00 y las 03.00 horas del día siguiente. No obstante, los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, así como durante los meses de julio, agosto y septiembre, el horario de cierre podrá ampliarse hasta las 04.00 horas.